Deberes de los titulares de licencias, permisos y concesiones en el SIRH. En los términos del artículo 23 del Decreto-ley 2811 de 1974, los titulares de licencias, permisos o concesiones que autorizan el uso del recurso hídrico, están obligados a recopilar y a suministrar sin costo alguno la información sobre la utilización del mismo a las Autoridades Ambientales Competentes.
(Decreto 1323 de 2007, artículo 10).