Micelio

Artículo 9

Decreto 2031 de 1957 · Por el cual se crean Escuelas Alternas para la extensión de la Educación Primaria

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo noveno . Con el objeto de adoptar con tiempo suficiente las medidas necesarias para atender a la educación del mayor número posible de escolares, los Secretarios Departamentales, Intendenciales, Comisariales y Municipales de Educación, así como la del Distrito Especial de Bogotá, y las Inspecciones Nacionales de los Territorios de Misiones, dispondrán lo conveniente para que la matricula en las escuelas oficiales para primer grado se efectúe durante la segunda quincena de noviembre.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2031 de 1957