Artículo primero. A partir del primero de mayo del año en curso, el personal y asignaciones de la Banda Nacional de Músicos, dependiente del Ministerio de Educación Nacional, serán los siguientes: Director $ 800.00 Músico Mayor 550.00 Diez (10) Profesores solistas, a $ 400 mensuales cada uno 4.000.00 Treinta (30) Profesores de primera clase, a $ 340 mensuales cada uno 10.000.00 Treinta ( 30 ) Profesores de segunda clase, a $ 310 cada uno 9.3000.00 Chofer-Atrilero 250.00
Decreto 1208 de 1953 →Vigente
Artículo 3
Decreto 2705 De 1953
Decreto 1208 de 1953 · Por el cual se reorganiza la Banda Nacional de Músicos, dependiente del Ministerio de Educación Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.