º . Composición de la Junta Directiva . La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Energía Eléctrica-ICEL E.S.P., estará integrada por siete (7) miembros, así: - El Ministro de Minas y Energía o su delegado, quien la presidirá. - El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado. - El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado. - Un (1) miembro con su respectivo suplente personal designado por el Presidente de la República. - Dos (2) miembros con sus respectivos suplentes personales designados por el Presidente de la República, que deberán provenir de las zonas no interconectadas ubicadas fuera del área de cubrimiento de las entidades electrificadoras. - Un (1) miembro con su respectivo suplente personal designado por el Presidente de la República de ternas que presenten la Sociedad Colombiana de Ingenieros y la Asociación de Ingenieros Eléctricos, Mecánicos y Afines, ACIEM.
Decreto 34 de 1995 →Vigente
Artículo 4
Decreto 34 de 1995 · por el cual se reestructuran y adecuan los estatutos básicos del Instituto Colombiano de Energía Eléctrica -ICEL-.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.