° El Ministerio de Comunicaciones por medio de resoluciones determinara los bienes que de acuerdo con los Decretos números 1684 de 1947, 1233 de 1950 y 3267 de 1963, ingresaran al patrimonio de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, al de la Administración Postal Nacional y al del instituto Nacional de Radio y Televisión. Cuando se trate de bienes inmuebles las escrituras públicas respectivas serán otorgadas por el Ministro de Comunicaciones.
Decreto 748 de 1967 →Vigente
Artículo 3
El Ministerio De Comunicaciones Por Medio De Resoluciones Determinara Los Bienes Que De Acuerdo Con Los Decretos Números 1684 De 1947, 1233 De 1950 Y 3267 De 1963, Ingresaran Al Patrimonio De La Empresa Nacional De Telecomunicaciones, Al De La Administración Postal Nacional Y Al Del Instituto Nacional De Radio Y Televisión
Decreto 748 de 1967 · por el cual se reglamentan los artículos 6° y 26 del Decreto-ley número 3267 de 1963 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.