Micelio

Artículo 1

Ley 28 de 1898 · Por la cual se aprueba un censo departamental y se ordena el levantamiento del de los demás departamentos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Apruébase el censo levantado en el Departamento de Santander en el a\o de 1896, en ejecución de la Ordenanza número 14, expedida por la Asamblea Departamental de aquel a\o, y el cual fue aprobado por la Gobernación de dicho Departamento, con fecha 31 de Diciembre de 1896.

En consecuencia, este censo regirá en el Departamento de Santander, para todos los efectos legales, desde la sanción de la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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