El producto de la venta de las acciones del Estado en el Banco de la República se destinará por el Gobierno a suscribir acciones de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero. Igualmente el producto de la regalía de que trata el artículo 8º del presente Decreto se destinará a aumentar la capacidad de préstamo de la Caja Agraria mediante la compra de títulos de Deuda Pública Nacional que posee hoy dicha entidad y que figuran en sus libros por valor de $ 12.754.000.00.
Decreto 2057 de 1951 →Vigente
Artículo 15
Decreto 2057 de 1951 · Se autoriza al Gobierno para celebrar un contrato con el Banco de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.