Todas las entidades oficiales, o que reciban auxilios del Estado, cooperarán, bao la inmediata inspección del Consejo Nacional de Protección Infantil, en la obtención de los fines sociales que tales obras pretenden alcanzar.
El Consejo armonizará las iniciativas de tales instituciones, en forma que se preste al niño la debida protección.
Las desiciones del Consejo son obligatorias para estas entidades.