Informes semestrales . Los Cónsules Honorarios deberán presentar a la Embajada u Oficina Consular de carrera que corresponda, y a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y de Atención al Ciudadano, un informe semestral de las actividades desarrolladas en su circunscripción, relativo a los deberes y funciones a su cargo. La Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y de Atención al Ciudadano efectuará un estudio de los informes semestrales rendidos por los Cónsules Honorarios. En caso de que la evaluación no se considere satisfactoria, la Dirección informará sobre el particular al despacho del Ministro de Relaciones Exteriores, quien decidirá sobre la permanencia del cónsul en su cargo.
Decreto 952 de 2014 →Vigente
Artículo 23
Informes Semestrales
Decreto 952 de 2014 · por medio del cual se reglamenta el servicio consular honorario de Colombia; la apertura y funcionamiento de las oficinas consulares honorarias y se dictan otras disposiciones sobre la materia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.