Micelio

Artículo 12

Decreto 3594 de 1982 · Por el cual se reglamentan los literales h) y m) del artículo 2° del Decreto-ley 129 de 1976.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ningún teatro podrá cobrar el sobreprecio sin exhibir el cortometraje. La contravención a esta disposición será sancionada por el Ministerio de Comunicaciones. La sanción podrá consistir en multa hasta de cien mil pesos ($ 100.000), suspensión, hasta por treinta (30) días o cierre de la sala cinematográfica, según la gravedad de la infracción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3594 de 1982