º. La reubicación de los funcionarios del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Medio Ambiente, Inderena, adscritos a la División de Parques Nacionales Naturales en la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio del Medio Ambiente, se hará conforme a los lineamientos establecidos en el
del artículo 99 de la Ley 99 de 1993.