Micelio

Artículo 7

O

Decreto 1744 de 1991 · por el cual se reforma el Titulo V del Libro Primero del Estatuto Tributario referente al sistema de ajuste integral por inflación a partir del año gravable 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 7o. Bonos, títulos y demás activos mobiliarios. Los incisos segundo y cuarto del artículo 334 del Estatuto Tributario quedarán así: "La parte de los rendimientos financieros causados y pendientes de cobro en el último día del año, se debe registrar como una cuenta por cobrar y como contrapartida se debe registrar un crédito en la correspondiente cuenta de ingreso, de conformidad con las normas vigentes." "Cuando los títulos, bonos y demás valores mobiliarios no se hayan cotizado en bolsa, tampoco se ajustarán por inflación, pero deberán declararse por el costo de adquisición en el año o por el costo del año anterior, según el caso."

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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