°. El artículo 18 del Decreto 741 de 1976 quedará así: La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Ibagué comprende los siguientes municipios: Ibagué, Alvarado, Anzoateguí, Cajamarca, Piedras, Roncesvalles, Rovira, San Antonio, Santa Isabel, Valle de San Juan y Venadillo en el departamento del Tolima.
Decreto 1348 de 1998 →Vigente
Artículo 1
El Artículo 18 Del Decreto 741 De 1976 Quedará Así: La Jurisdicción De La Cámara De Comercio De Ibagué Comprende Los Siguientes Municipios: Ibagué, Alvarado, Anzoateguí, Cajamarca, Piedras, Roncesvalles, Rovira, San Antonio, Santa Isabel, Valle De San Juan Y Venadillo En El Departamento Del Tolima
Decreto 1348 de 1998 · por el cual se modifican los Decretos 741 de 1976, artículos 18 y 898 de 1983, artículo 4 en los que se establece la jurisdicción de las Cámaras de Comercio de Ibagué y El Espinal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.