Micelio

Artículo 4

, Del Presupuesto Vigente

Decreto 822 de 1948 · Por el cual se hacen unas modificaciones en el personal de Oficinas Directas y de los ramos Postal y Telegráfico, en el Ministerio de Correos y Telégrafos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. Hácense las siguientes creaciones en el personal de Oficinas Directas, en el Ministerio de Correos y Telégrafos: Sección de Personal: La plaza de Mensajero Interno, con asignación mensual de 70.00 Sección Jurídica: La plaza de Ayudante, con asignación mensual de 238.00 Sección Internacional: La plaza de Oficial de Investigaciones, con asignación mensual de 241.00 Radicación y Biblioteca: Una plaza de Ayudante, con asignación mensual de 161.00 Suma 710.00

Parágrafo

El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, se imputará al Capítulo 87, artículo 1337, del Presupuesto vigente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 822 de 1948