Corresponde al Gobierno Nacional, en las Intendencias y Comisarias, crear y suprimir Municipios Provincias y agregar o segregar terminos municipales, con arreglo a la base de población y demas condiciones que determinen las leyes sobre la materia; y crear, organizer y suprimir Corregimientos Intendenciales o Comisariales.
Los Municipios se regiran, en cuanto a su personerfa; representación; regimen administrativo, judicial, fiscal y electoral; derechos; facultades y obligaciones, por las normas legales y reglamentarias que regulan los demas del pais, salvo Io dispuesto en esta Ley. Los Corregimientos Intendenciales y Comisariales no formaran parte de ningtin serail administrados por el respectivo Intendente o Comisario, en la forma y con la asesoría que el reglamento determine, y las contribuciones y demis rentas de catheter municipal que se establezcan y recauden en el Corregimiento no podran ser invertidas sino en su propio beneficio.