Micelio

Artículo 1

º

Decreto 2156 de 1995 · por el cual se dictan disposiciones en materia prestacional para los miembros del Congreso de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los miembros del Congreso de República tendrán derecho anualmente al reconocimiento y pago de una prima de servicios, equivalente al cincuenta por ciento (50%) del ingreso mensual que perciban por concepto de sueldo básico, gastos de representación, prima de localización y vivienda, prima de salud, y prima de transporte cuando sea del caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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