Micelio

Artículo 3

Ley 2503 de 2025 · por medio de la cual se crea y se implementa la cátedra de educación emocional en todas las instituciones educativas de Colombia en los niveles de preescolar, básica y media y se adoptan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Teniendo en cuenta la fundamentación científica y metodológica de la Cátedra de Educación Emocional, se brindará un proceso formativo a los docentes, cuidadores, trabajadores sociales y orientadores, el cual estará liderado por el Ministerio de Educación Nacional y el Comité Científico, Académico y Técnico en Educación Emocional .

Parágrafo 1

: El Ministerio de Educación deberá capacitar a los docentes, cuidadores, trabajadores sociales y orientadores de las instituciones educativas públicas y privadas de los niveles preescolar, básica y media del país; con la finalidad de garantizar la implementación efectiva de la Cátedra de Educación Emocional.

Parágrafo 2

Las instituciones de educación superior que ofertan programas relacionados con Ciencias de la Educación o la formación docente y ciencias de la salud, dentro de su autonomía podrán incluir en sus currículos formativos, cátedras sobre Educación Emocional.

Parágrafo 3

El Ministerio de Educación Nacional podrá asociarse con entidades de carácter público o privado para garantizar la formación de los docentes, cuidadores, trabajadores sociales y orientadores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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