Micelio

Artículo 1.2.3.4.13

Contenido De La Citación

Decreto 1821 de 2020 · Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contenido de la citación. La citación a las sesiones del Órgano Colegiado se remitirá por correo electrónico o el medio más expedito para ello, y deberá contener como mínimo

a)

Modalidad de la sesión.

b)

Fecha, lugar, hora de inicio y cierre.

c)

Orden del día.

d)

Nombre y código que identifique los proyectos de inversión que se presenten a consideración de los miembros del órgano Colegiado en la sesión.

e)

Información y documentación de los asuntos previstos para conocimiento del Órgano Colegiado.

f)

Acta y Acuerdo aprobados y suscritos, de la sesión anterior. En todo caso, los requisitos solicitados en el presente Decreto y los demás que defina la Comisión Rectora para la toma de decisiones sobre los proyectos de inversión deben estar disponibles en el aplicativo que disponga el Departamento Nacional de Planeación para el efecto, desde el día de la citación. No podrá llevarse a cabo la sesión del Órgano Colegiado de Administración y Decisión sin haber suscrito el acta y el acuerdo de la sesión anterior. En consecuencia, estos documentos deben estar cargados en el aplicativo que disponga el Departamento Nacional de Planeación para el efecto antes del inicio de la sesión.

Parágrafo 1

En caso de haberse citado a una sesión presencial, que no pueda ser realizada en esa modalidad, la Secretaría Técnica podrá modificar la modalidad de la sesión a no presencial conforme lo dispuesto en el Artículo 1.2.3.4.12 del presente Decreto. Lo anterior, debe ser comunicado a los miembros del OCAD de manera inmediata.

Parágrafo 2

Cuando se trate de una sesión que tenga por objeto la recuperación tras una situación de emergencia, desastre o calamidad pública decretada conforme a la normatividad aplicable, podrá citarse la sesión sin haber suscrito el acta y el acuerdo de la sesión anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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