° El Juez nombrado, para posesionarse, deberá acreditar los requisitos legales exigidos, y otorgar la caución respectiva ante el Departamento de Vigilancia Judicial del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto número 2636 de 1943. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1111 de 1950 →Vigente
Artículo 2
El Juez Nombrado, Para Posesionarse, Deberá Acreditar Los Requisitos Legales Exigidos, Y Otorgar La Caución Respectiva Ante El Departamento De Vigilancia Judicial Del Ministerio De Justicia, De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Decreto Número 2636 De 1943
Decreto 1111 de 1950 · Por el cual se hace un nombramiento
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.