Micelio

Artículo 3

Los Gastos Discriminados De Personal Y Material Para La Conservación De Los Aeródromos Oficiales, Se Presupondrá Mensualmente Por El Departamento De Aeronáutica Civil, Según Las Necesidades De Cada Aeródromo, A Fin De Que Por La Sección De Intendencia De La Dirección De La Fuerza Aérea Se Gestione Oportunamente La Situación De Fondos A Que Haya Lugar, Ante El Departamento De Control Y Contabilidad Del Ministerio De Guerra

Decreto 1515 de 1943 · Reglamentario del marcado con el cual número753 del Presente año, sobre tarifas de aeródromos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los gastos discriminados de personal y material para la conservación de los aeródromos oficiales, se presupondrá mensualmente por el Departamento de Aeronáutica Civil, según las necesidades de cada aeródromo, a fin de que por la sección de Intendencia de la Dirección de la Fuerza Aérea se gestione oportunamente la situación de fondos a que haya lugar, ante el Departamento de Control y Contabilidad del Ministerio de Guerra.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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