°. Promúlgase el "Acuerdo de Seguridad Social entre la República de Colombia y la República Oriental del Uruguay" , hecho en Bogotá, a los diecisiete (17) días del mes de febrero de mil novecientos noventa y ocho (1998). Para ser transcrito en este lugar, se adjunta fotocopia del texto del "Acuerdo de Seguridad Social entre la República de Colombia y la República Oriental del Uruguay" , hecho en Bogotá, a los diecisiete (17) días del mes de febrero de mil novecientos noventa y ocho (1998).
Decreto 3173 de 2008 →Vigente
Artículo 1
Promúlgase El "acuerdo De Seguridad Social Entre La República De Colombia Y La República Oriental Del Uruguay" , Hecho En Bogotá, A Los Diecisiete (17) Días Del Mes De Febrero De Mil Novecientos Noventa Y Ocho (1998)
Decreto 3173 de 2008 · por medio del cual se promulga el “Acuerdo de Seguridad Social entre la República de Colombia y la República Oriental del Uruguay”, hecho en Bogotá, a los diecisiete (17) días del mes de febrero de mil novecientos noventa y ocho (1998).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.