Micelio

Artículo 4

Quienes Infrinjan Las Prohibiciones Establecidas En El Artículo 3° O Las Regulaciones Derivadas Del Artículo 1º De Este Decreto, Será Sancionados Con Arresto Inconmutable Hasta De 60 Días, Sanción Que Será Impuesta Por Las Autoridades De Policía Mediante El Procedimiento Sumario Establecido Para Las Infracciones De Naturaleza Policiva

Decreto 1133 de 1970 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con la conservación del orden público y su restablecimiento

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Quienes infrinjan las prohibiciones establecidas en el artículo 3° o las regulaciones derivadas del artículo 1º de este Decreto, será sancionados con arresto inconmutable hasta de 60 días, sanción que será impuesta por las autoridades de Policía mediante el procedimiento sumario establecido para las infracciones de naturaleza policiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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