Micelio

Artículo 147

Aspectos Generales Relativos A La Presentación De La Declaración Aduanera Y Conservación De Los Documentos

Decreto 390 de 2016 · por el cual se establece la regulación aduanera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aspectos generales relativos a la presentación de la declaración aduanera y conservación de los documentos. Antes de la presentación y aceptación de la declaración aduanera se debe contar con los documentos soporte, conforme a las exigencias de cada régimen aduanero, los cuales deberán ser presentados a través de los servicios informáticos electrónicos o ser consultados en línea por la autoridad aduanera. Los documentos soporte digitalizados deben corresponder a los originalmente emitidos y los electrónicos cumplir con las formalidades legales que regulan la conservación y originalidad de los mensajes de datos previstos en la Ley 527 de 1999 y demás normas que la modifiquen o reglamenten o que regulen el comercio electrónico. Los documentos electrónicos o digitalizados deben quedar a disposición de la autoridad aduanera, la que debe acceder a ellos y consultarlos directamente a través de los servicios informáticos electrónicos dispuestos para tal fin. A efectos del control, dicha autoridad podrá requerirlos físicamente cuando haya lugar a ello. Los documentos soporte de la declaración aduanera deben ser conservados por un periodo de cinco (5) años a partir de la fecha de su presentación y aceptación o de la entrega al destinatario en los casos de los regímenes de tráfico postal y de envíos de entrega rápida o mensajería expresa.

Parágrafo

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales establecerá los eventos en que los documentos soporte podrán ser presentados de manera física, en cuyo caso se deberá presentar el original de los mismos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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