Micelio

Artículo 1

Poder Ejecutivo Nacional.-Bogotá,

Ley 26 de 1880 · Por la cual se prorroga un ausilio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Prorógase por el termino de tres años mas el ausilio decretado por la lei 35 de mil ochocientos setenta i seis, al Estado soberano de Cundinamarca para la construcción da su Panóptico, en la misma forma i condiciones establecidas en la citada lei.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 26 de 1880