El capital que se forme con los productos de la renta de que se trata en los artículos anteriores será depositado en uno o más bancos del país, en las mejores condiciones de seguridad y rendimiento, y manejado por la Dirección General de Lazaretos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.