Micelio

Artículo 3

El Comité Nacional De Coordinación Del Año Internacional De La Familia Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Elaborar Y Coordinar La Ejecución De Un Programa Nacional De Actividades Preparatorias Y De Celebración Del Año Internacional De La Familia

Decreto 2532 de 1991 · por el cual se crea el Comité Nacional de Coordinación del Año Internacional de la Familia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Comité Nacional de Coordinación del Año Internacional de la Familia tendrá las siguientes funciones

a)

Elaborar y coordinar la ejecución de un programa nacional de actividades preparatorias y de celebración del Año Internacional de la Familia.

b)

Coordinar con las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales las actividades definidas en el programa nacional.

c)

Analizar y evaluar la situación de la familia colombiana con el objeto de sugerir políticas y programas de fortalecimiento a la misma.

d)

Promover y realizar investigaciones sobre la familia que permitan el diseño de políticas que respondan a la realidad colombiana.

e)

Coordinar las acciones tendientes a sensibilizar a la opinión pública sobre los objetivos del Año Internacional de la Familia y la importancia de la misma como núcleo fundamental de la sociedad.

f)

Supervisar y evaluar los diversos programas gubernamentales y no gubernamentales de interés tanto directo como indirecto para la familia.

g)

Coordinar la creación de Comités Regionales y Locales para el desarrollo de las actividades preparatorias y de celebración de Año Internacional de la Familia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2532 de 1991