Micelio

Artículo 16

Decreto 2142 de 1996 · por el cual se adopta el programa de venta de las acciones que el Banco Cafetero y el Fondo Nacional del Café poseen en la Corporación Cafetera de Ahorro y Vivienda "Concasa".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aprobación previa de la Superintendencia Bancaria. Con el propósito de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 305 del Estatuto orgánico del Sistema Financiero, las personas que pretendan adquirir directa o indirectamente un porcentaje igual o superior al 5% de las acciones de la Corporación Concasa, deberán solicitar previamente autorización a la Superintendencia Bancaria. La misma regla se aplicara a aquellas negociaciones en las cuales los potenciales adquirentes sean accionistas de la Corporación y deseen incrementar su participación accionaria al 5% o mas del capital social o elevar en cualquier proporción la participación que ya posean por encima del limite antes señalado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2142 de 1996