Micelio

Artículo 2

Decreto 2061 de 1999 · por el cual se promulgan unos tratados internacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Definiciones. A los efectos de este Convenio

1.

Por "Organización" se entiende la Organización Internacional del Azúcar a que se refiere el artículo 3º.

2.

Por "Consejo" se entiende el Consejo Internacional del Azúcar a que se refiere el párrafo 3 del artículo 3º.

3.

Por "miembro" se entiende una Parte en el presente Convenio.

4.

Por "votación especial" se entiende una votación que exija al menos dos tercios de los votos emitidos por los Miembros presentes y votantes, a condición que estos votos sean emitidos por al menos las dos terceras partes del número de Miembros presentes y votantes.

5.

Por "mayoría simple" se entiende una votación que exija más de la mitad del total de votos de los Miembros presentes y votantes, a condición de que estos votos sean emitidos por al menos la mitad del número de Miembros presentes y votantes.

6.

Por "año" se entiende el año civil.

7.

Por "azúcar" se entiende el azúcar en cualquiera de sus formas comerciales reconocidas derivadas de la caña de azúcar o de la remolacha azucarera, incluidas las melazas comestibles y finas los jarabes y cualquier otra forma de azúcar líquido, pero el término no incluye las melazas finales ni las clases de azúcar no centrífugo de baja calidad producido por métodos primitivos;

8.

Por "entrada en vigor" se entiende la fecha en que este Convenio entre en vigor provisional o definitivamente, según se dispone en el artículo 40.

9.

Por "mercado libre" se entiende el total de las importaciones netas del mercado mundial, con excepción de las resultantes del funcionamiento de acuerdos especiales tal como se definen en el Capítulo IX del Convenio Internacional del Azúcar, 1977.

10.

Por "mercado mundial" se entiende el mercado azucarero internacional e incluye tanto el azúcar objeto de comercio en el mercado libre como el azúcar objeto de comercio en virtud de acuerdos especiales tal como se definen en el Capítulo IX del Convenio Internacional del Azúcar, 1977. CAPITULO III. La Organización Internacional del azúcar

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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