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Artículo 5

Características Del Contingente Arancelario Iama

Decreto 1530 de 2024 · por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas y se establecen contingentes arancelarios para la importación de autopartes.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Características del contingente arancelario IAMA . La asignación del cupo fiscal aprobado por el Confis a través del contingente IAMA se distribuirá en un 50% para los productores de autopartes de vehículos y un 50% para los productores de autopartes de motocicletas y motocarros. Tanto el porcentaje correspondiente a los productores de autopartes de vehículos como a los productores de autopartes de motocicletas y motocarros, se distribuirá de la siguiente manera: el 70% para el criterio de producción y el 30% restante para el criterio de inversión. El 70% del contingente IAMA correspondiente al criterio de producción, se distribuirá en proporción a la participación de cada persona jurídica en el valor total de la producción nacional de autopartes[1], hasta por un monto equivalente al 15% del valor de la producción realizada en el año inmediatamente anterior al del otorgamiento del beneficio, por parte de cada una de las personas jurídicas autorizadas. El 30% restante, correspondiente al criterio de inversión, se distribuirá en proporción a la participación de cada persona jurídica en el total de la inversión realizada en el año inmediatamente anterior al del otorgamiento del beneficio, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 1°. En todo caso, por el criterio de inversión ninguna persona jurídica autorizada podrá recibir por el contingente IAMA un monto superior al 20% de la inversión realizada en el año inmediatamente anterior al del otorgamiento del beneficio.

Parágrafo 1

El valor de los contingentes IAMA de todas las personas jurídicas autorizadas conjuntamente, no podrá superar el tope fiscal aprobado por el Confis al que se refiere el numeral 11 del artículo 1º del presente decreto.

Parágrafo 2

El cupo otorgado solo podrá ser utilizado durante la vigencia para la que se asignó, por lo que no se acumulará con el que llegare a otorgarse para períodos diferentes. El cupo se entenderá utilizado con la autorización de levante de la declaración de importación de las autopartes cubiertas bajo el contingente IAMA, de acuerdo con lo establecido en el Decreto número 1165 de 2019 con sus adiciones y modificaciones.

Parágrafo 3

El contingente IAMA se otorgará anualmente, con base en la producción y/o inversión efectivamente realizada por las personas jurídicas autorizadas en el año inmediatamente anterior al del otorgamiento del beneficio. En el año 2025 se otorgará el contingente con fundamento en la producción y/o inversión realizada en el año 2024 y así sucesivamente hasta el año 2028, donde se otorgará el contingente con fundamento en la producción y la inversión realizada en el año 2027.

Parágrafo 4

Si luego de la asignación anual del contingente IAMA resulta un excedente del diferimiento arancelario sin asignar, la Autoridad Administradora podrá establecer nuevos parámetros para la asignación del excedente, los cuales se darán a conocer atendiendo lo dispuesto en los artículos 7° y 8° del presente decreto.

Parágrafo 5

Para que una persona jurídica sea beneficiaria del contingente IAMA. deberá mantener su producción de autopartes durante la vigencia de la medida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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