Micelio

Artículo 14

Obligaciones De Los Usuarios

Ley 2480 de 2025 · por medio de la cual se regulan los servicios de cuidado para animales de compañía, se protegen los derechos de los usuarios y se dictan otras disposiciones. -Ley Kiara-.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las personas que contraten los servicios de cuidado para animales deben cumplir con las siguientes obligaciones:

1.

Visitar las instalaciones en las que se prestará el servicio, antes de contratarlo, con el fin de resolver las inquietudes necesarias antes de suscribir el contrato y verificar que los espacios en los que estará su animal sean adecuados y satisfagan sus expectativas.

2.

Mantener al día el esquema de vacunación y desparasitación interna y externa del animal, y entregar al prestador del servicio copia de esta información.

3.

Entregar al prestador del servicio información verídica de las particularidades del animal que sean necesarias para su cuidado óptimo, tales como condiciones físicas, de salud y de comportamiento.

4.

Entregar el certificado de salud del animal en los casos establecidos en la prese te ley, el cual para la presente ley tendrá vigencia por el término de seis (6) meses.

5.

Atender de manera oportuna las advertencias o llamados de atención del prestador del servicio sobre las condiciones de salud del animal.

6.

Entregar al animal identificado, preferiblemente mediante collar marcado con la información del contacto del usuario y placa visible o microchip.

7.

Entregar al prestador del servicio los medicamentos, fórmulas médicas y alimentos que requiera su animal, así como la dosificación e información necesaria para su uso.

8.

Abstenerse de tomar el servicio si su animal se encuentra con enfermedad infectocontagiosa, en celo o con alguna otra condición de salud que le impida estar en este tipo de establecimientos, o si se encuentra en estado de vulnerabilidad, según el numeral 9 del artículo 7° de la presente ley.

9.

Entregar y recibir al animal en los lugares, horas y condiciones fijados con el prestador del servicio.

10.

Verificar que el prestador del servicio se encuentre inscrito en el registro al que hace referencia el artículo 5°.

11.

Entregar la información de contacto de quienes, en su ausencia temporal o permanente, asumirán la-tenencia del animal.

12.

Cumplir con las obligaciones acordadas con el prestador del servicio y demás obligaciones necesarias para la prestación del mismo.

Parágrafo

Si, transcurridos tres (3) días calendario, el prestador del servicio no ha podido entregar el animal al usuario o a quien este haya autorizado de manera escrita, por causas imputables a estos últimos, el prestador del servicio podrá entregarlo a las autoridades municipales o distritales con competencia en protección y bienestar animal, quienes podrían declararlo en estado de abandono en los términos del artículo 2° de la Ley 2054 de 2020 e iniciar los procedimiento penales o administrativos correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2480 de 2025