° La Comisión Asesora para el ejercicio de las facultades extraordinarias que concede el artículo 76 de la Ley 11 de 1986, estará integrada así: Por la Sala de Consulta y Servicio Civil del honorable Consejo de Estado Doctores Eduardo Suescún, Humberto Mora Osejo, Jaime Betancur Cuartas y Jaime Paredes Tamayo. Por el honorable Senado de la República Principales Augusto Espinosa Valderrama Víctor Renán Barco Jaime Arias Ramírez Miguel Escobar Méndez Suplentes José Guillermo Castro Castro Fernando Santos Silva Hernán Peñalosa Castro Fernando Sanclemente Molina Por la honorable Cámara de Representantes Principales Fabio Valencia Cossio Víctor Eduardo Dangond Noguera Alberto Villamizar Cárdenas César Pérez García Suplentes Armando Echeverri Jiménez Jorge Elías Nader Rafael Amador Campos Mario Bermúdez Blandón. Especialistas designados por el Gobierno Nacional Doctores Jaime Vidal Perdomo, Rodrigo Noguera Laborde, Alberto Hernández Mora y Luis Córdoba Mariño.
Decreto 791 de 1986 →Vigente
Artículo 1
La Comisión Asesora Para El Ejercicio De Las Facultades Extraordinarias Que Concede El Artículo 76 De La Ley 11 De 1986, Estará Integrada Así: Por La Sala De Consulta Y Servicio Civil Del Honorable Consejo De Estado Doctores Eduardo Suescún, Humberto Mora Osejo, Jaime Betancur Cuartas Y Jaime Paredes Tamayo
Decreto 791 de 1986 · Por el cual se integra la Comisión Asesora para el ejercicio de las facultades extraordinarias que concede la Ley 11 de 1986
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.