Micelio

Artículo 3

Decreto 2188 de 1962 · por el cual se le cambia la denominación a la Universidad Pedagógica Femenina de Bogotá, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. A partir de la fecha de expedición del presente Decreto, la universidad Pedagógica Nacional, Bogotá, tendrá a su cargo la organización y manejo de los cursos de Formación se Supervisores de cualquier nivel o de actualización de conocimiento para ellos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2188 de 1962