Se castigará con multa de cinco a cincuenta pesos a quien con el solo fin de ejercer un pretendido derecho, se arrogue la facultad de hacerse justicia por medio de violencias materiales a las cosas, pudiendo acudir a la autoridad en demanda de protección.
Si el culpable usa de violencias o amenazas contra las personas, la pena será de prisión por quince días a ocho meses, o de confinamiento por diez a diez y ocho meses.
Si la violencia causa un daño a las personas o en las cosas, que tenga pena especial señalada en la ley, se impondrá ésta, además de las señaladas en el presenteArtículo.