Micelio

Artículo 2

Decreto 576 de 1885 · En ejecución de la ley 60 de 1882

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2. ° Los que, en contravención a lo dispuesto en el artículo anterior, ordenaren ó llevaren á efecto las expropiaciones y empréstito de que se trata, serán responsables al tenor de lo dispuesto en los artículos 5. °, 6. ° y 7. ° de la ley 60 de 1882.

Parágrafo

Tratándose de autoridades, el Poder Ejecutivo dispondrá además la inmediata reparación del puesto que desempeñen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 576 de 1885