Micelio

Artículo 2.3.1.3.6.36.4

Requisitos

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos. Además de los requisitos establecidos en el artículo 2.3.1.3.3.1 del presente Capítulo, se tendrán en cuenta los siguientes, para su otorgamiento:

Para Oficiales:

1.

Debe haber sido protagonista en el respeto por los Derechos Humanos.

2.

Debe haber liderado, planeado, dirigido o ejecutado episodios que hayan restituido la libertad, la democracia y la paz de una región en territorio nacional.

Para Suboficiales:

1.

Debe haber sido un protagonista en el respeto por los Derechos Humanos

2.

Debe haber participado directamente en eventos que hayan sido eficaces y efectivos para la restitución la libertad, la democracia y la paz de una región en territorio nacional.

3.

Al momento de solicitarle la medalla, debe ostentar todas las jinetas de buena conducta reglamentadas, y que le correspondan de acuerdo a su grado y tiempo en el escalafón.

Para Infantes de Marina Profesionales y Soldados:

1.

Debe haber sido un protagonista en el respeto por los Derechos Humanos.

2.

Debe haber participado directamente en eventos que hayan sido eficaces y efectivos para la restitución la libertad, la democracia y la paz de una región en territorio nacional.

Para los Servidores Públicos del Sector Defensa e Instituciones de Derecho Público o Privado:

1.

Debe haber sido un protagonista en el respeto por los Derechos Humanos.

2.

Debe haber participado o apoyado directamente eventos que hayan sido eficaces y efectivos para la restitución de la libertad, la democracia y la paz de una región en territorio nacional.

(Decreto 0961 de 2012 artículo 5°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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