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Artículo 12

Funciones De La Oficina De Administración De Riesgos Y Estrategia De Supervisión

Decreto 1369 de 2020 · Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Oficina de Administración de Riesgos y Estrategia de Supervisión. Son funciones de la Oficina de Administración de Riesgos y Estrategia de Supervisión

1.

Proponer al Superintendente los lineamientos estratégicos respecto de información; gobierno de los datos; estándares prudenciales y de gestión de riesgos; y prácticas de supervisión.

2.

Elaborar los lineamientos estratégicos respecto de estándares y mejores prácticas en materia de supervisión basada en riesgos, de conformidad con la normativa vigente.

3.

Diseñar y promover la implementación de políticas, mecanismos y metodologías para la supervisión basada en riesgos de los prestadores de servicios públicos domiciliarios.

4.

Desarrollar los productos de analítica para la Superintendencia y el suministro de información de interés del sector.

5.

Proponer al Superintendente la regulación de interés para la Superintendencia y sus entidades vigiladas, con el fin de presentar a consideración de las autoridades competentes y coordinar su seguimiento cuando a ello haya lugar.

6.

Definir y actualizar la estructura y características del marco metodológico para el ejercicio de la supervisión basada en riesgos.

7.

Diseñar e implementar, en coordinación con las dependencias correspondientes, la documentación necesaria para el desarrollo del marco metodológico de riesgos.

8.

Coordinar el desarrollo de investigaciones, estudios, indicadores y reportes de analítica sobre aspectos financieros, técnicos, administrativos y tarifarios, y análisis de riesgos de los prestadores de servicios públicos domiciliarios.

9.

Suministrar los lineamientos para la elaboración de los reportes estadísticos de la Superintendencia.

10.

Proponer al Superintendente para su aprobación, las políticas de gobernabilidad de los datos en la Superintendencia, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación e Innovación Institucional.

11.

Diseñar la metodología para evaluar la consistencia, homogeneidad y calidad de la información de los prestadores de servicios públicos domiciliarios, recibida o capturada por la Superintendencia.

12.

Participar en el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.

13.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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