Artículo cuarto. Serán funciones principales de la comisión de Irrigación y Drenaje, las siguientes; a) elaborar su reglamento de trabajo y ponerlo en práctica, previa autorización del gerente general del Himat; b) Divulgar entre las entidades oficiales, cuyas actividades se relacionen con programas de irrigación, drenaje y control de inundaciones, todas las informaciones recibidas de la comisión Latinoamericana de Irrigación y Drenaje -ICID, de la Secretaria Permanente de la comisión Latinoamericana de Irrigación-CLAID, de los Comités Nacionales de Irrigación y Drenaje de los diferentes países adscritos al ICID y a la CLAID y de las diferentes organizaciones internacionales que realicen labores afines o relacionadas con sus actividades. c) Elaborar directamente y con la colaboración de las actividades en ella representadas toda clase de estudios investigaciones, estadísticas, etc., solicitadas por el ICID, la CLAID y otros organismos afines. d) Servir de organismo coordinador de todas las actividades que en materia de riego, drenaje y control de inundaciones realizan las entidades en ella representadas; e) Convocar y organizar los congresos nacionales e internacionales de irrigación, cuando Colombia sea acogida internacionalmente como sede; f) Preparar con la colaboración de las entidades en ellas representadas las ponencias que Colombia deba presentar ante los congresos y seminarios internacionales de riego, drenaje y control de inundación.
Decreto 1469 de 1977 →Vigente
Artículo 4
Decreto 1469 de 1977 · Por el cual se modifica el Decreto número 1205 de junio 26 de 1967
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.