Micelio

Artículo 3

Decreto 2650 de 2008 · por el cual se modifica la estructura de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno, además de las establecidas en la Ley 87 del 29 de noviembre de 1993, las siguientes

1.

Definir y hacer seguimiento a las estrategias de control para las diferentes actividades, operaciones, funciones, procesos y procedimientos que desarrolle la empresa.

2.

Vigilar, controlar y hacer seguimiento al cumplimiento del Sistema de Gestión de la Calidad, el Modelo Estándar de Control Interno (MECI) y el Plan de Desarrollo Administrativo (SISTEDA), informar a la alta gerencia sobre los resultados de las auditorías y proponer planes de mejoramiento de los mismos.

3.

Diseñar y aplicar metodologías de auditoría financiera acorde con la naturaleza especial de la empresa.

4.

Verificar y controlar la aplicación, funcionamiento y cumplimiento del Sistema de Administración del Riesgo del Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo y demás riesgos a que esté expuesta la entidad, en coordinación con la Oficina Asesora de Gestión del Riesgo y el Oficial de Cumplimiento.

5.

Realizar el análisis de la política general de la administración del riesgo, efectuar el control, monitoreo y seguimiento y proponer medidas correctivas o preventivas.

6.

Diseñar y aplicar metodologías para verificar y hacer seguimiento al proceso de Control de Gestión y de los demás procesos que le correspondan por la naturaleza de sus funciones.

7.

Verificar que la entidad cuente con políticas, estructura organizacional, metodologías de medición de riesgos y procedimientos de control adecuados y acordes con la complejidad de las operaciones que realice y la normatividad vigente en materia de riesgos.

8.

Verificar la consistencia, suficiencia y grado de integración de los sistemas de información utilizados por la Oficina Asesora de Gestión del Riesgo.

9.

Realizar análisis periódicos a los sistemas de administración del riesgo vigentes, para verificar su integridad, precisión y razonabilidad y efectuar las recomendaciones pertinentes ante la Junta Directiva y el Gerente General.

10.

Diseñar e implementar la auditoría de los aplicativos que conforman la plataforma tecnológica de la entidad y recomendar medidas preventivas y correctivas que permitan su mejoramiento, de acuerdo con los resultados de la misma.

11.

Formular propuestas para el logro de la eficacia de las operaciones financieras que desarrolle la entidad, salvaguardando los recursos de la misma, los activos de la empresa y los recursos de terceros que se encuentren en poder de la misma.

12.

Evaluar el sistema de control interno contable de acuerdo con las normas determinadas por la Contaduría General de la Nación, la Superintendencia Financiera de Colombia y demás normas nacionales e internacionales de Auditoría.

13.

Rendir a la Gerencia los informes de evaluación de la gestión.

14.

Ejercer las demás funciones que le señalen la ley, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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