Modifíquese el inciso primero del artículo 3° del Decreto Legislativo 639 de 2020, modificado por los Decretos Legislativos 677 y 815 de 2020, el cual quedará así:
“Artículo 3°. Cuantía del aporte estatal del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF). La cuantía del aporte estatal que recibirán los beneficiarios del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF) corresponderá al número de empleados multiplicado por hasta el cuarenta por ciento (40%) del valor del salario mínimo legal mensual vigente. Para los beneficiarios que correspondan a las actividades económicas y de servicios de los sectores turístico, hotelero y de gastronomía, y las actividades artísticas, de entretenimiento y recreación, la cuantía de aporte estatal que recibirán corresponderá al número de empleados multiplicado por hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor del salario mínimo legal mensual vigente”.