La Nación contribuirá con la suma de un millón quinientos mil pesos ($1.500.000.00) moneda corriente, para la construcción del Hospital de Sincelejo, de conformidad con los planos aprobados por el Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública.
Ley 51 de 1958 →Vigente
Artículo 1
Ley 51 de 1958 · Por la cual la Nación contribuye a la Construcción del Hospital Regional de Sincelejo, y al sostenimiento del existente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.