Micelio

Artículo 1

Ley 51 de 1958 · Por la cual la Nación contribuye a la Construcción del Hospital Regional de Sincelejo, y al sostenimiento del existente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación contribuirá con la suma de un millón quinientos mil pesos ($1.500.000.00) moneda corriente, para la construcción del Hospital de Sincelejo, de conformidad con los planos aprobados por el Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 51 de 1958