A partir de la vigencia de este Decreto, deróganse todas las disposiciones legales que tratan de la jerarquía, clasificación, ingreso, formación, asensos, destinaciones, retiros, separación, asignaciones y primas y prestaciones sociales de la Policía Nacional; deróganse, además las disposiciones pertinentes de los Decretos vigentes sobre la materia, que sean contrarios a las normas de este estatuto.
Decreto 465 de 1961 →Vigente
Artículo 111
A Partir De La Vigencia De Este Decreto, Deróganse Todas Las Disposiciones Legales Que Tratan De La Jerarquía, Clasificación, Ingreso, Formación, Asensos, Destinaciones, Retiros, Separación, Asignaciones Y Primas Y Prestaciones Sociales De La Policía Nacional; Deróganse, Además Las Disposiciones Pertinentes De Los Decretos Vigentes Sobre La Materia, Que Sean Contrarios A Las Normas De Este Estatuto
Decreto 465 de 1961 · Por el cual se reorganiza la carrera de oficiales de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.