ARTICULO 3 º. Son funciones de la Policía Cívica
Suministrar información a la Policía Nacional principalmente sobre los siguientes aspectos
Infracciones penales y de Policía;
Actividades que tengan relación con huelgas, paros, manifestaciones y/o desórdenes y en general toda situación que altere el orden público, la tranquilidad o la convivencia ciudadana.
Prestar auxilio a heridos, damnificados en caso de calamidad pública y accidentes en general, en colaboración con las autoridades competentes.
Desarrollar actividades sociales y cívicas en beneficio de la Policía Nacional y de la comunidad en general.
Fomentar, patrocinar y exaltar los vínculos de solidaridad, mutua ayuda y cooperación entre sí y de ellos para con la Policía Nacional, la comunidad y las autoridades político-administrativas.
Promover el sistema nacional de Participación Ciudadana, con el objeto de fortalecer las relaciones Policía-Comunidad.
Contribuir al desarrollo de campañas que fortalezcan la imagen de la Policía Nacional.