Micelio

Artículo 1

Decreto 1692 de 1957 · Por el cual se convoca la Comisión Redactora del Código de Procedimiento Civil

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . A partir del 20 de agosto del año en curso convócase la Comisión Redactora del Código de Procedimiento Civil para que estudie las reformas que han sido propuestas, y elabore el proyecto definitivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1692 de 1957