Micelio

Artículo 6

Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo Sexto

Decreto 3640 de 1954 · Por el cual se organiza el Distrito Especial de Bogotá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo sexto. Además de las prohibiciones establecidas en la ley para los Concejos Municipales, el Concejo Administrativo del Distrito Especial tendrá las siguientes:

1ª) Votar auxilios de cualquier clase que no hayan sido propuestos por el Alcalde Mayor;

2ª) Limitar las atribuciones que las disposiciones legales confieran al Alcalde Mayor;

3ª) Interferir la dirección administrativa del Alcalde Mayor, por medio de juntas o comisiones de su seno que no hayan sido expresamente autorizadas por la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3640 de 1954