Para los efectos del artículo 15 de este Decreto, el Ministerio de la Economía Nacional estudiará en conjunto la mejor distribución de las aguas de cada corriente derivación, teniendo de presente el reparto actual, las necesidades de los predios que utilizan y las de aquellos que puedan aprovecharlas, con ayuda de los datos y documentos que considere convenientes para formarse un criterio al respecto.
Artículo 42
Para Los Efectos Del Artículo 15 De Este Decreto, El Ministerio De La Economía Nacional Estudiará En Conjunto La Mejor Distribución De Las Aguas De Cada Corriente Derivación, Teniendo De Presente El Reparto Actual, Las Necesidades De Los Predios Que Utilizan Y Las De Aquellos Que Puedan Aprovecharlas, Con Ayuda De Los Datos Y Documentos Que Considere Convenientes Para Formarse Un Criterio Al Respecto
Decreto 1382 de 1940 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre aprovechamiento, distribución y conservación de aguas nacionales de uso público
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.