Requisitos de la Solicitud. La solicitud de otorgamiento de personería jurídica será formulada por el representante de la Federación Deportiva Nacional designado para este fin, mediante escrito al que se acompañará el acta de constitución y elección de los miembros de los órganos de administración, control y disciplina, así como los estatutos sociales del organismo deportivo, debidamente aprobados que contengan:
El nombre, identificación y domicilio de las ligas o asociaciones que intervienen en la creación de la Federación;
El nombre y domicilio de la Federación;
La clase de persona jurídica, sea corporación o asociación;
El objeto social y la modalidad o modalidades deportivas cuya promoción y desarrollo atenderá, haciendo mención expresa de que se trata de un organismo de derecho privado, constituido para fomentar, patrocinar y organizar la práctica del deporte correspondiente dentro del ámbito nacional e impulsar programas de interés público y social;
El patrimonio, la forma de hacer los aportes y el origen de los recursos del organismo;
La estructura del organismos deportivo, atendiendo lo preceptuado por los artículos 11 y 21 del Decreto-ley 1228 de 1995, con indicación de las facultades, funciones y régimen de responsabilidad de las diferentes autoridades, incluyendo las del representante legal;
La periodicidad de las reuniones ordinarias y los casos en los cuales habrá de convocarse a reuniones extraordinarias;
La duración de la entidad y las causales de disolución;
La forma de hacer la liquidación una vez disuelta la Federación;
Las cláusulas que garanticen el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 22 y 23, del Decreto-ley 1228 de 1995;
La composición de los órganos de administración colegiado y de disciplina, el período para el cual se eligen sus miembros y la fecha a partir de la cual rige la elección, con la indicación de que el ejercicio como tales no constituye empleo, y
El órgano de control y las facultades y obligaciones del revisor fiscal.
En el mismo acto por el cual se otorga la personería jurídica a que se refiere este artículo, se aprobarán los estatutos sociales de la Federación Deportiva Nacional, así como la inscripción del representante legal.
(Decreto 407 de 1996, artículo 3°)