Micelio

Artículo 1

Mientras Subsista Turbado El Orden Público Y En Estado De Sitio Todo El Territorio Nacional, Regirá Las Siguientes Medidas: A) Toque De Queda; B) Control Reservado A La Circulación De Personas Por Las Vías Y Lugares Públicos, Para Practica De Requisas Y Obtener Identificación E Informes Sobre Procedencia Y Lugar De Destino, Impedir La Formación De Grupos De Más De Tres Personas A Su Acceso A Lugares Donde Funcionen Instalaciones De Servicios Públicos Esenciales O Cuarteles De La Fuerza Pública; C) Vigilancia Del Tránsito De Vehículos, Tanto El Sector Urbano Como El Rural, Para Establecer La Propiedad De Los Mismos, La Identidad De Las Personas Que En Ellos Viajen, Su Procedencia Y Destino Y Los Elementos Que Transportan, Y Controlar La Circulación Intermunicipal, Y D) Prohibición De Expendio Y Consumo De Licores O Bebidas Embriagantes En Sitios O Establecimientos Públicos O Abiertos Al Público

Decreto 1129 de 1970 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con la conservación del orden público y su restablecimiento

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Mientras subsista turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional, regirá las siguientes medidas

a)

Toque de queda;

b)

Control reservado a la circulación de personas por las vías y lugares públicos, para practica de requisas y obtener identificación e informes sobre procedencia y lugar de destino, impedir la formación de grupos de más de tres personas a su acceso a lugares donde funcionen instalaciones de servicios públicos esenciales o cuarteles de la fuerza pública;

c)

Vigilancia del tránsito de vehículos, tanto el sector urbano como el rural, para establecer la propiedad de los mismos, la identidad de las personas que en ellos viajen, su procedencia y destino y los elementos que transportan, y controlar la circulación intermunicipal, y

d)

Prohibición de expendio y consumo de licores o bebidas embriagantes en sitios o establecimientos públicos o abiertos al público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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