° Quedan las Oficinas subalternas con la facultad de extender la patente y mitilan á de aquellas embarcaciones que hacen exclusivo servicio local, y por lo tanto liquidarán los derechos correspondientes enviando copia de la relación respectiva al Ministerio de Hacienda y también al Intendente.
Decreto 682 de 1909 →Vigente
Artículo 4
Quedan Las Oficinas Subalternas Con La Facultad De Extender La Patente Y Mitilan Á De Aquellas Embarcaciones Que Hacen Exclusivo Servicio Local, Y Por Lo Tanto Liquidarán Los Derechos Correspondientes Enviando Copia De La Relación Respectiva Al Ministerio De Hacienda Y También Al Intendente
Decreto 682 de 1909 · Por el cual se reorganiza la Intendencia de Navegación del río Magdalena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.