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Artículo 178

Además De Sus Actuales Miembros, En La Junta Directiva De La Caja Nacional De Previsión, Tendrá Voz Y Voto El Jefe Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil O Un Delegado Suyo

Decreto 1732 de 1960 · Sobre Servicio Civil y Carrera Administrativa

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Además de sus actuales miembros, en la Junta Directiva de la Caja Nacional de Previsión, tendrá voz y voto el Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil o un delegado suyo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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