Micelio

Artículo 3

Ley 31 de 1938 · por la cual se ordena la construcción de un pabellón de maternidad en la ciudad de Cisneros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La suma de que habla el artículo 1º se entregará al Síndico del Hospital o a la persona que designe la Junta Administradora del Hospital, debiendo tal empleado rendir cuentas ante la Contraloría General de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 31 de 1938